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Condiciones generales de contratación

Condiciones generales de contratación para contratos de venta y suministro

Artículo 1. Disposiciones generales

  1. Las presentes condiciones generales de contratación forman parte integrante de todas las ofertas y contratos relativos a suministros y prestaciones, incluido cualquier servicio de asesoramiento prestado por Katronic GmbH & Co. KG, Gießerweg 5, 38855 Wernigerode, Alemania, en lo sucesivo «Katronic», incluso en las relaciones comerciales actuales y futuras, sin necesidad de referencia expresa. 

  2. Las presentes Condiciones Generales de Contratación se aplican a aquellas personas que, en el momento de la celebración del contrato, actúen en el ejercicio de sus actividades comerciales o profesionales por cuenta propia (empresarios), así como a las personas jurídicas de derecho público o a los patrimonios especiales de derecho público.

  3. Las condiciones del comprador solo serán vinculantes en la medida en que se hayan acordado por escrito. Por la presente se rechazan expresamente las referencias del comprador a sus propias condiciones. Los compromisos y acuerdos verbales solo serán vinculantes tras su confirmación por escrito.

  4. En caso de utilizarse los Incoterms, se aplicará la versión de 2010.

  5. El comprador solo podrá ceder los derechos derivados del contrato de compraventa previo consentimiento por escrito de Katronic.

  6. Katronic se reserva todos los derechos de propiedad y de autor sobre las muestras, planos, modelos, herramientas, presupuestos, así como toda la información de naturaleza material e inmaterial (incluso en formato electrónico) que haya puesto a disposición del comprador. Estos no podrán ponerse a disposición de terceros sin el consentimiento previo de Katronic. 

§ 2 Pedido

  1. Las ofertas de Katronic se entienden como una invitación a celebrar un contrato sin compromiso. El contrato de compraventa solo se perfeccionará cuando Katronic acepte el pedido del comprador mediante una confirmación por escrito del pedido o su ejecución, una confirmación por correo electrónico o la ejecución del pedido.

  2. Katronic tiene derecho a rescindir el contrato sin indemnización alguna para el comprador en caso de que, por causas de fuerza mayor, le resulte imposible cumplirlo.

  3. Queda excluido el derecho de desistimiento del comprador por deterioro de la situación patrimonial de Katronic tras la celebración del contrato.

§ 3 Precios

  1. Serán determinantes las condiciones y las listas de precios vigentes en el momento del pedido. Los precios anteriores dejarán de ser válidos con la introducción de una nueva lista de precios. La introducción de una nueva lista de precios no afectará a los contratos de compraventa ya celebrados.

  2. Los precios de venta solo se considerarán precios fijos si Katronic los confirma por escrito. Se aplican en condiciones «ex fábrica» (EXW, Gießerweg 5, 38855 Wernigerode, INCOTERMS), más el IVA legal vigente en el momento de la entrega y los gastos de embalaje.

  3. Si, tras la celebración del contrato, los costes ajenos al control de Katronic, como por ejemplo los precios de las materias primas, aumentan en más de un 10 %, Katronic podrá aumentar los precios en consecuencia, a partir de la fecha de entrega, para los envíos con vencimiento posterior a cuatro meses tras la celebración del contrato.

§ 4 Entrega y transferencia del riesgo

  1. La entrega se realizará en condiciones FCA, Gießerweg 5, 38855 Wernigerode, INCOTERMS, o de conformidad con una cláusula INCOTERMS ofrecida o confirmada.

  2. Si, a petición del comprador, Katronic envía la mercancía vendida a un lugar distinto del lugar de cumplimiento, el riesgo de pérdida accidental y de deterioro accidental se transfiere al comprador tan pronto como Katronic haya entregado la mercancía al transportista, al transportista o a cualquier otra persona encargada del envío. Esto se aplica también si Katronic asume los gastos de envío o se encarga ella misma del mismo. Si la mercancía está lista para su recogida, el riesgo se transfiere al comprador en el momento de la recepción de la notificación de que la mercancía está lista para su envío.

  3. El comprador se hará cargo de la eliminación del embalaje.

  4. Los plazos de entrega solo se considerarán fechas fijas para la venta al por mayor cuando Katronic los haya confirmado expresamente como tales.

  5. El cumplimiento de los plazos de entrega queda supeditado a que el comprador haya cumplido con todas las obligaciones previas, en particular, que haya facilitado a Katronic la información necesaria para la ejecución del pedido, que haya aportado los certificados y verificaciones oficiales que sean necesarios y que haya abonado el anticipo acordado. Los plazos de entrega acordados se prorrogarán de forma razonable hasta que se hayan cumplido las obligaciones previas.

  6. El incumplimiento de las fechas y plazos de entrega por parte de Katronic solo dará derecho al comprador a hacer valer los derechos que le corresponden una vez que haya fijado a Katronic un plazo adicional razonable de al menos 15 días laborables, salvo que la ley no lo exija.

  7. Si Katronic se ve impedida para cumplir sus obligaciones por circunstancias imprevistas que, a pesar de haber actuado con la diligencia debida, no han podido evitarse (fuerza mayor), el plazo de entrega se prorrogará por la duración del impedimento. Lo mismo se aplica en caso de conflictos laborales, perturbaciones en el propio funcionamiento de la empresa, perturbaciones en el funcionamiento de los subcontratistas (siempre que no sea razonable exigir un suministro alternativo), incluidos los transportistas, perturbaciones debidas a medidas de las autoridades públicas y perturbaciones en las vías de transporte.

  8. Katronic tendrá derecho a realizar entregas parciales, siempre que ello no suponga un perjuicio desproporcionado para el comprador.

  9. Si el comprador no acepta la mercancía, los servicios parciales o las entregas parciales, incluso tras haberle sido fijado un plazo razonable, Katronic tendrá derecho a exigir una indemnización a tanto alzado del 20 % del importe del pedido. El comprador tendrá la facultad de demostrar que no se ha producido ningún perjuicio o que este ha sido menor.

§ 5 Pago

  1. Se emitirá una factura por separado para cada entrega, con fecha del día de envío. Esto se aplica también a las entregas parciales acordadas. Los anticipos abonados se imputarán proporcionalmente a las distintas entregas parciales.

  2. El importe de la factura deberá abonarse a más tardar 30 días después de la fecha de la factura. Los pagos deberán efectuarse mediante transferencia bancaria.

  3. Katronic no concede ningún descuento, incluso en caso de pago antes del vencimiento.

  4. Los pagos mediante cheque o letra de cambio se realizan a efectos de cumplimiento y requieren la autorización de Katronic; el descuento, los gastos de la letra de cambio y los costes correrán a cargo del comprador, salvo que se acuerde lo contrario.

  5. En caso de reclamación justificada por mercancía defectuosa, el comprador solo podrá retener provisionalmente la parte del precio de compra que corresponda al importe de la factura de la parte de la entrega objeto de la reclamación.

  6. En caso de demora en el pago, intereses de demora pendientes, protesto de cheques o letras de cambio u otro deterioro patrimonial significativo del comprador tras la celebración del contrato, Katronic tendrá derecho a realizar nuevas entregas únicamente contra pago por adelantado, exigir el pago inmediato de todos los importes pendientes de las facturas y exigir el pago en efectivo o la prestación de una garantía a cambio de la devolución de las letras de cambio aceptadas a título de pago.

  7. Los intereses de demora ascenderán al 9 % por encima del tipo de interés básico del Banco Federal Alemán.

  8. Por el segundo y cada uno de los siguientes recordatorios, Katronic cobrará una tasa de 40,00 EUR. Los gastos de la acción judicial correrán a cargo del comprador.

  9. La compensación con contrademandas solo se admite en el caso de reclamaciones no impugnadas o declaradas firmes.

§ 6 Garantía y responsabilidad por defectos

  1. Para determinar las características contractuales de la mercancía, serán determinantes exclusivamente los datos que figuran en la confirmación del pedido. La idoneidad de la mercancía para los fines previstos por el comprador no forma parte de las características de la mercancía. Quedan cubiertas por las características contractuales las desviaciones habituales en el comercio y las mínimas desviaciones técnicamente inevitables, el desgaste inherente a la naturaleza de la mercancía, así como las desviaciones respecto a las características descritas en folletos o representaciones similares, o en ofertas (forma y color), en la medida en que se deriven de la irregularidad natural de los materiales utilizados. Estos no constituyen un defecto. En caso de defectos que no afecten al valor del artículo entregado, o lo hagan de forma insignificante, no cabrá reclamación por defectos.

  2. El comprador se compromete a comprobar la coherencia de las especificaciones establecidas en la confirmación del pedido en relación con el uso que pretende dar a la mercancía.  

  3. Los derechos de garantía del comprador están supeditados al cumplimiento inmediato y adecuado de sus obligaciones de inspección y reclamación. El comprador está obligado a inspeccionar y aceptar la mercancía recibida sin demora y con el debido cuidado. La comprobación de defectos evidentes y entregas incompletas deberá realizarse, a más tardar, en un plazo de 8 días a partir de la recepción de la mercancía en el lugar de destino. El incumplimiento de esta obligación de inspección correrá a cargo del comprador. Los defectos que no hayan podido detectarse ni siquiera tras una inspección minuciosa dentro de este plazo (defectos ocultos) deberán ser reclamados por escrito por el comprador de forma inmediata, a más tardar en un plazo de 8 días tras su descubrimiento.

  4. Queda excluida cualquier responsabilidad por defectos materiales en caso de modificaciones en la mercancía que vayan más allá de un uso conforme al estado actual de la técnica y a las instrucciones de Katronic. Esto se aplica, en particular, al uso de piezas de recambio no recomendadas o no originales, así como al uso no conforme a lo previsto.

  5. En particular, no se asumirá responsabilidad alguna en los siguientes casos: uso inadecuado o incorrecto, montaje o puesta en servicio defectuosos por parte del comprador o de terceros, desgaste natural, manejo defectuoso o negligente, mantenimiento inadecuado, medios de explotación inadecuados, obras de construcción defectuosas, terreno inadecuado, influencias químicas, electroquímicas o eléctricas, siempre que no sean responsabilidad de Katronic.

  6. Queda excluida la responsabilidad de Katronic por paros de producción, lucro cesante, pérdida de uso, pérdidas contractuales, aumento de los gastos de mantenimiento o cualquier otro daño consecuente o indirecto.

  7. Si el comprador o un tercero realiza reparaciones inadecuadas, Katronic no asumirá responsabilidad alguna por las consecuencias que de ello se deriven. Lo mismo se aplica a las modificaciones realizadas en la mercancía sin el consentimiento previo de Katronic.

  8. Si la mercancía presenta un defecto en el momento de la transferencia del riesgo, Katronic podrá, en el marco del derecho de cumplimiento posterior y a su elección, subsanar el defecto o realizar una nueva entrega en un plazo de 10 días tras la recepción de la mercancía devuelta. El comprador deberá conceder a Katronic el tiempo y la oportunidad necesarios para ello. Si no lo hace, o si se realizan modificaciones o reparaciones en el artículo objeto de reclamación, Katronic quedará exenta de la responsabilidad por defectos. Las piezas sustituidas pasarán a ser propiedad de Katronic.

  9. Las reclamaciones por daños y perjuicios del comprador debidas a mercancía defectuosa se limitan a los daños previsibles e inevitables. El comprador está obligado a reducir lo antes posible cualquier posible daño mediante la inspección oportuna de la mercancía.

  10. Salvo que se acuerde lo contrario, las reclamaciones por defectos prescribirán al cabo de 12 meses a partir de la fecha de entrega. En caso de lesiones mortales, lesiones físicas o daños a la salud, así como en caso de incumplimiento de las obligaciones por parte de Katronic de forma dolosa o por negligencia grave, o en caso de ocultación dolosa de un defecto o de asunción de una garantía de calidad, se aplicarán los plazos de prescripción legales.

  11. Si una reclamación por defectos resulta infundada, el comprador reembolsará a Katronic todos los gastos derivados de la tramitación de dicha reclamación. 

  12. Si el comprador revende a consumidores, como usuarios finales, mercancía defectuosa, podrá exigir a Katronic un reembolso de los gastos por un importe a tanto alzado de 50,00 EUR, pero solo si acredita el defecto y la comprobación de la mercancía que haya realizado. Queda reservado el derecho a demostrar que los gastos han sido superiores o inferiores.

  13. Por lo demás, en lo que respecta a las reclamaciones por daños y perjuicios, se aplicará el artículo 8.

Artículo 7. Reserva de propiedad

  1. Katronic se reserva la propiedad de la mercancía suministrada hasta el pago íntegro del precio de compra y de las posibles reclamaciones accesorias.

  2. Frente a los comerciantes, Katronic se reserva la propiedad hasta el pago íntegro de todas las deudas derivadas de la relación comercial.

  3. La reserva de propiedad, en caso de pago mediante letra de cambio, solo extinguirá tras el cobro de la misma por parte del librado.

  4. En caso de rescisión del contrato por parte de Katronic (en particular, por demora en el pago por parte del comprador), Katronic tendrá derecho a recuperar la mercancía sujeta a reserva de propiedad. Para ejercer este derecho, Katronic está autorizada a acceder a las instalaciones comerciales del comprador en el horario habitual de oficina. La rescisión del contrato se considerará declarada cuando Katronic exija la devolución de la mercancía entregada bajo reserva de propiedad.

  5. El comprador no podrá pignorar la mercancía sujeta a reserva de propiedad ni cederla a título de garantía. Deberá notificarlo inmediatamente por escrito a Katronic si terceros pretenden acceder a la mercancía sujeta a reserva de propiedad. Para ello, deberá entregar a Katronic toda la documentación necesaria para la protección de sus derechos de propiedad, en particular una copia del acta de embargo. El comprador responderá ante Katronic por todos los daños y perjuicios que se deriven de dicho acceso por parte de terceros, en particular por todos los gastos judiciales y extrajudiciales de una acción de oposición a la ejecución, en la medida en que el tercero no pueda sufragar dichos gastos.

  6. El comprador almacenará y gestionará la mercancía vendida y la nueva mercancía resultante de su uso de forma que puedan identificarse por separado, las conservará con el cuidado propio de un comerciante diligente y las asegurará contra daños causados por incendio, agua o granizo. Por la presente, el comprador cede a Katronic las posibles indemnizaciones del seguro.

  7. El comprador podrá revender la mercancía sujeta a reserva de propiedad, salvo que se encuentre en mora. En cuanto a las mercancías revendidas, cede desde este momento a Katronic todos los créditos (IVA incluido) que le correspondan frente a su cliente o a terceros en virtud de su relación contractual.

  8. El comprador podrá combinar o transformar la mercancía sujeta a reserva de propiedad con mercancías de terceros en el marco de la actividad comercial habitual, salvo que se encuentre en mora. En caso de combinación o transformación, Katronic adquirirá la copropiedad de la nueva mercancía por un importe equivalente al valor proporcional de la mercancía sujeta a reserva de propiedad y de la mercancía combinada o de nueva fabricación, de conformidad con el artículo 947, apartado 1, del Código Civil alemán (BGB). En caso de venta de la mercancía combinada o de nueva fabricación, el comprador cede desde este momento a Katronic, en la proporción correspondiente a la copropiedad, los créditos que le correspondan frente a su cliente o a terceros en virtud de su relación contractual.

  9. El comprador seguirá estando autorizado, a título fiduciario, para el cobro de los créditos cedidos (facultad de cobro). La facultad de Katronic para el cobro no se ve afectada; sin embargo, Katronic no hará uso de su facultad de cobro mientras no se revoque la facultad de cobro del comprador. En caso de extinción de la facultad de cobro, el comprador estará obligado a comunicar sin demora las cesiones a sus clientes y a facilitar a Katronic la información necesaria para el cobro, así como a entregarle la documentación correspondiente. Si el comprador se declara insolvente, Katronic tendrá derecho, de conformidad con la Ley de Insolvencia, a la separación de la mercancía o a una separación sustitutiva. La mercancía que deba separarse deberá ponerse a disposición de Katronic sin demora, a más tardar en el plazo de una semana, y no podrá venderse sin su consentimiento. En caso de realización de la mercancía sujeta a reserva de dominio, Katronic deducirá de los ingresos obtenidos los gastos e intereses incurridos y los compensará con el precio de compra. El excedente se abonará al comprador. Esto se aplica igualmente a los créditos cobrados por Katronic.

  10. El derecho del comprador a revender y utilizar la mercancía sujeta a reserva de propiedad, así como la facultad de cobro, se extinguirán en caso de suspensión de pagos, medidas de ejecución sobre la mercancía sujeta a reserva de propiedad o sus sustitutos, la solicitud o apertura de un procedimiento de insolvencia, o en caso de protesto de un cheque o una letra de cambio.

  11. En la medida en que el valor de las garantías supere en más de un 20 % las deudas que el comprador debe saldar, Katronic liberará las garantías excedentes a petición del comprador.

§ 8 Responsabilidad

  1. En caso de daños causados por negligencia leve debido a productos defectuosos, con excepción de los daños corporales, la responsabilidad de Katronic, tanto en cuanto a su fundamento como a su cuantía, se limita a las prestaciones de su seguro de responsabilidad civil por productos defectuosos hasta un importe máximo de 3 000 000 de euros. Esta limitación de responsabilidad no se aplicará en caso de dolo o negligencia grave, por atentado culposo contra la vida, la integridad física o la salud, ni por ocultación dolosa de un defecto. En caso de incumplimientos contractuales graves, los daños previsibles y típicos del contrato quedarán cubiertos por el importe máximo. En la medida en que los productos defectuosos den lugar a una retirada del mercado, la responsabilidad por los gastos derivados de la misma se limita, tanto en cuanto a su fundamento como a su cuantía, a las prestaciones del seguro de retirada de productos. Por lo demás, estos gastos solo serán reembolsables en la medida en que se haya informado de la medida de retirada y se haya dado a Katronic la oportunidad de colaborar en un plazo razonable.

  2. Las obligaciones contractuales esenciales son aquellas cuyo cumplimiento es un requisito previo para la correcta ejecución del contrato y en cuyo cumplimiento la parte contratante puede confiar habitualmente.

  3. En caso de retraso, Katronic responderá por cada semana completa con un 0,5 % del valor del pedido, hasta un máximo global del 5 %. Además, las reclamaciones de indemnización se limitarán al reembolso de los sobrecostes demostrados (compra de sustitución basada en tres ofertas comparativas).

  4. Katronic no se hace responsable de la negligencia leve, salvo en caso de lesiones mortales, lesiones físicas o daños a la salud, o por incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales.

  5. Katronic no se hace responsable de los incumplimientos contractuales ni de los daños debidos a fuerza mayor. En caso de que Katronic no pueda cumplir las obligaciones contractuales que le incumben debido a circunstancias imprevistas o incontrolables por causa de fuerza mayor, a pesar de haber hecho todo lo razonablemente posible para cumplir con la obligación contractual, el comprador no tendrá derecho a indemnización alguna por la imposibilidad de Katronic de cumplir la obligación contractual concreta, independientemente de la base jurídica. Se considerarán casos de fuerza mayor, entre otros, pero sin carácter exhaustivo, las perturbaciones del tráfico, las medidas administrativas, las condiciones meteorológicas, la indisponibilidad de materias primas, los conflictos laborales, las perturbaciones en el propio funcionamiento de la empresa, las perturbaciones en el funcionamiento de los transportistas y los subcontratistas (siempre que no sea razonable recurrir a un proveedor alternativo), la guerra, las catástrofes naturales, las epidemias, las pandemias (incluida la COVID-19 y sus consecuencias secundarias), las enfermedades infecciosas y la escasez de materias primas. 

  6. Las reclamaciones de los empresarios prescriben en el plazo de un año. El plazo de prescripción no se aplica a los daños causados por dolo o negligencia grave por parte de Katronic, ni en caso de muerte, lesiones corporales o daños a la salud.  

  7. Las disposiciones anteriores se aplican en la misma medida a los auxiliares ejecutivos y a los auxiliares de Katronic.

§ 9 Protección de los modelos

El comprador se compromete a no reproducir ni encargar la reproducción ni comercializar artículos de la gama de productos de Katronic. En caso de incumplimiento, Katronic tendrá derecho a una multa contractual. El importe de dicha indemnización ascenderá, por cada unidad reproducida, al 100 % del precio del artículo correspondiente de Katronic; será determinante la lista de precios de Katronic vigente en el momento de la infracción. Queda intacto el derecho de Katronic a reclamar una indemnización por daños y perjuicios.

§ 10 Software

  1. En la medida en que el volumen de suministro incluya software, se concede al comprador un derecho no exclusivo a utilizar el software suministrado, incluida su documentación. El software se cede para su uso en el objeto de suministro destinado a tal fin. Queda prohibido utilizar el software en más de un sistema. 

  2. El comprador solo podrá reproducir, modificar, traducir o convertir el código objeto en código fuente en la medida en que lo permita la ley (art. 69a y ss. de la Ley de Propiedad Intelectual). El comprador se compromete a no eliminar ni modificar, sin el consentimiento previo y expreso de Katronic, las indicaciones del fabricante, en particular las menciones de derechos de autor.

  3. Todos los demás derechos sobre el software y la documentación, incluidas las copias, pertenecen a Katronic o al proveedor del software. No se permite la concesión de sublicencias por parte del comprador.

  4. La licencia prevista en el apartado 1 entrará en vigor a partir de la fecha de entrega del objeto de suministro.

§ 11 Suministro de piezas de recambio

  1. El suministro de piezas de recambio por parte de Katronic se estructura de la siguiente manera: El plazo de 10 años se aplica a los componentes eléctricos, electrónicos, electroneumáticos y mecánicos, así como a los elementos constructivos, sistemas y conjuntos.

  2. Katronic tendrá libertad, tanto dentro como fuera de los plazos anteriormente mencionados, para buscar una solución de sustitución con la misma funcionalidad. 

§ 12 Secretos de empresa y comerciales, confidencialidad

  1. El comprador tratará de forma confidencial toda la información de Katronic, ya sea en formato físico o digital, relativa a los productos objeto del contrato, así como a los métodos de fabricación, los secretos comerciales, los clientes u otros aspectos, siempre que dicha información proceda de Katronic. 

  2. El comprador extenderá esta obligación de confidencialidad a los empleados que trabajen para él. El comprador está obligado a adoptar las medidas necesarias para garantizar la confidencialidad, con el fin de prevenir e impedir la divulgación no autorizada de secretos comerciales y de empresa por parte de sus empleados u otras personas.

  3. Los documentos confidenciales puestos a disposición del comprador seguirán siendo propiedad de Katronic y deberán tratarse con estricta confidencialidad. No podrán reproducirse, publicarse ni ponerse a disposición de terceros de ningún otro modo sin la autorización por escrito de Katronic, ni podrán utilizarse para ningún fin distinto del acordado.

  4. Si el comprador tiene conocimiento de que terceros han revelado documentos confidenciales, secretos comerciales o de empresa, o de que, de cualquier otra forma, han incumplido la obligación de tratar dichos documentos de forma confidencial, deberá informar de ello a Katronic sin demora.

  5. El comprador está obligado, a petición de Katronic y en cualquier momento durante la vigencia de la relación contractual, a entregar sin demora a Katronic todos los documentos y objetos que contengan o se refieran a secretos comerciales o de explotación de Katronic. Esto se aplica también a las copias realizadas por el comprador o a cualquier otro documento que sea de su propiedad. 

  6. Por cada caso de incumplimiento, el comprador se somete a una cláusula de penalización contractual a favor de Katronic por un importe de 50 000,00 EUR (en letras: cincuenta mil euros) por cada caso concreto. Independientemente de ello, Katronic podrá exigir al comprador una indemnización por los daños y perjuicios superiores que se hayan producido de forma demostrable. La cláusula de penalización contractual se extiende también a los empleados del comprador y a los terceros contratados por este.

  7. El comprador deberá abstenerse de explotar económicamente por sí mismo la información confidencial fuera del ámbito previsto, de cualquier forma, o de imitarla (en particular mediante «ingeniería inversa») o permitir que terceros la exploten o la imiten y, en particular, registrar derechos de propiedad industrial —en especial, marcas, diseños, patentes o modelos de utilidad— sobre la información confidencial.

  8. La obligación de confidencialidad no extinguirá tras la finalización de la relación contractual y seguirá vigente durante un período de 10 años. La obligación de confidencialidad se aplica, mutatis mutandis, a la documentación recibida en el marco de las negociaciones previas a la celebración de un contrato, en caso de que no se formalice dicho contrato, con la salvedad de que la obligación de confidencialidad comienza cuando se confirme que las negociaciones contractuales han fracasado.

  9. Katronic seguirá siendo propietaria de la información y titular de los derechos asociados a la misma, así como de los derechos de propiedad industrial. El comprador se compromete, salvo que se disponga lo contrario, a no explotar la información sin la autorización previa expresa y por escrito de Katronic, así como a no presentar solicitudes de derechos de propiedad industrial basadas en dicha información. El acuerdo de confidencialidad no da lugar a ningún derecho de licencia ni a ningún otro derecho de uso

  10. El comprador solo podrá hacer referencia a sus relaciones comerciales con Katronic con el consentimiento previo por escrito de esta.

§ 13 Disposiciones complementarias

  1. Los contratos de compraventa y suministro, así como las modificaciones y adiciones futuras, deberán formalizarse por escrito.

  2. El contrato recoge íntegramente todos los acuerdos entre las partes contratantes. En la actualidad no se han celebrado acuerdos complementarios al presente contrato.

  3. Los títulos sirven únicamente a efectos de orientación y no definen de forma exhaustiva el texto que figura a continuación.

  4. El hecho de que Katronic no haga valer sus derechos no supone una renuncia a los mismos.

§ 14 Lugar de cumplimiento y jurisdicción

  1. El lugar de cumplimiento para el pago del precio de compra, así como para las demás prestaciones del comprador, será siempre la sede social de Katronic. El lugar de cumplimiento para las prestaciones de Katronic será la sede social de Katronic.

  2. Si el comprador es un comerciante en el sentido del Código Mercantil alemán (HGB), una persona jurídica de derecho público o un patrimonio especial de derecho público, se acuerda como jurisdicción la sede de Katronic. Katronic tendrá derecho, a su elección, a recurrir también a la jurisdicción general del comprador o al lugar en el que se encuentren los bienes o el patrimonio del comprador.

§ 15 Operaciones con el extranjero

Para las transacciones internacionales se aplicarán además las siguientes condiciones:

  1. Todas las transacciones, incluidas las operaciones con cheques y letras de cambio, se rigen por el Derecho civil y mercantil alemán, incluida la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.

  2. En caso de que el contrato de compraventa se redacte en varios idiomas, prevalecerá la versión alemana.

  3. A efectos del presente contrato, se tomará como referencia el calendario gregoriano.

  4. A efectos del presente contrato, se tomará como referencia la hora local en la sede de Katronic, teniendo en cuenta el horario de verano y el de invierno.

  5. Katronic podrá exigir al comprador el pago por adelantado o una carta de crédito. Salvo que se acuerde lo contrario, la entrega se realizará contra pago y presentación de documentos (P/D).

  6. Salvo que se acuerde lo contrario, el pago se efectuará en euros (EUR). Las variaciones en los tipos de cambio no afectarán al precio de compra ni a las demás obligaciones de pago establecidas en el contrato de compraventa.

  7. Los aranceles, tasas, gravámenes y posibles impuestos derivados de la ejecución de los contratos de compraventa y las entregas correrán a cargo del comprador, salvo los impuestos recaudados por el país en el que Katronic tiene su sede.

  8. Katronic no se hace responsable de la conformidad de los productos objeto del contrato con la normativa nacional del país del comprador ni de su cumplimiento en el momento de la entrega o en cualquier otro contexto.

  9. Katronic tiene derecho a interponer una demanda contra el comprador, incluso en su país de origen.

  10. Katronic no se hace responsable de sanciones ni medidas de embargo.

  11. Los empleados de Katronic se regirán, en el desempeño de sus funciones, por las disposiciones legales de la Ley alemana de tiempo de trabajo o, en el caso de intervenciones fuera de Alemania, por las disposiciones específicas de cada país en materia de tiempo de trabajo. A este respecto, una jornada laboral se considera de 10 horas, sin incluir los tiempos de descanso.  

§ 16 Nulidad, lagunas contractuales

  1. Si alguna de las disposiciones presentes o futuras del presente contrato resultara total o parcialmente nula o inaplicable, o perdiera posteriormente su validez o aplicabilidad, ello no afectará a la validez de las demás disposiciones del presente contrato. Lo mismo se aplicará en caso de que se compruebe que el presente contrato contiene lagunas.

  2. En lugar de la disposición nula o inaplicable, o para subsanar la laguna, se aplicará una disposición adecuada que las partes habrían acordado de haber tenido en cuenta dicho aspecto al celebrar el contrato. Esto se aplica también cuando la nulidad de una disposición se deba, por ejemplo, a una medida de prestación o a un plazo (plazo, fecha límite) especificado en el presente contrato; en tales casos, el acuerdo se sustituirá por una medida de prestación o un plazo (fecha límite, fecha) legalmente admisible que se acerque lo más posible a lo previsto.

  3. En caso de que la validez de una disposición en el sentido anteriormente descrito solo pueda lograrse mediante acuerdo y respetando requisitos formales específicos, las partes estarán obligadas a realizar las gestiones necesarias y a formular las declaraciones pertinentes.

  4. Katronic trata los datos personales únicamente de conformidad con las disposiciones legales y con la política de privacidad disponible aquí.

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